Después de presentar una petición de habeas corpus el pasado 8 de octubre, a través de su abogado Andrew William Clopman —recurso que aún no ha sido resuelto—, César N., exfuncionario del estado de Hidalgo, fue liberado el 23 de octubre tras permanecer detenido desde el 30 de mayo en Miami, Estados Unidos.
De acuerdo con el servicio de información judicial estadounidense Pacermonitor, César N. interpuso una demanda contra el fiscal general de Estados Unidos, así como contra funcionarios del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) y del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
El habeas corpus es una garantía jurídica destinada a proteger a las personas frente a detenciones arbitrarias. Este recurso permite que un detenido comparezca ante un tribunal para cuestionar la legalidad de su privación de libertad, obligando a la autoridad responsable a justificar las razones de su detención, explica el portal Conceptos Jurídicos – Diccionario Legal.
Jueza deniega solicitud de emergencia
Según los datos públicos del portal Pacermonitor, la jueza Beth Bloom, encargada del caso 1:25-cv-24650, emitió el 24 de octubre un acuerdo en el que se hace referencia a la liberación de César N., exfuncionario del gobierno de Hidalgo durante la administración de Omar Fayad Meneses.
Se trata del acuerdo número 11, cuyo contenido, de acuerdo con la traducción automática de Google, establece lo siguiente:
“Auto sobre la solicitud de prórroga de plazo, emitido el 24/10 a las 15:46”.
“AUTO ELECTRÓNICO que concede la solicitud conjunta de prórroga de plazo (ECF n.º 10). Dado que el peticionario fue puesto en libertad el 23 de octubre de 2025, el demandado tendrá hasta el 22 de enero de 2025 para presentar su respuesta a la petición. Firmado por la jueza Beth Bloom (jkk)”.
Por su parte, el acuerdo número 12, último registrado en el expediente, también fechado el 24 de octubre, refiere lo siguiente:
“Auto sobre la solicitud de medida cautelar y sobre la solicitud de orden de restricción temporal, emitido el 24/10 a las 15:51”.
“AUTO SIN DOCUMENTOS que deniega por improcedente el documento electrónico n.º 6, la solicitud de emergencia del peticionario para obtener una medida cautelar y/o una orden de restricción temporal. Dado que el peticionario ya no se encuentra detenido y en vista de la solicitud conjunta de las partes de una prórroga de 90 días, el Tribunal determina que ya no existe la necesidad de una medida cautelar de emergencia. Firmado por la jueza Beth Bloom (jkk)”.
Cabe destacar que esta solicitud conjunta fue notificada previamente en el acuerdo número 10, también emitido el 24 de octubre, mediante el cual ambas partes solicitaron una extensión de 90 días para presentar sus argumentos ante el tribunal.
“Solicitud de prórroga de plazo (24/10, 15:32 h)
Solicitud conjunta de prórroga de plazo para presentar respuesta a la demanda relativa a la orden de comparecencia n.º 8 y a la solicitud/petición (demanda) de hábeas corpus, presentada por el Fiscal General de los Estados Unidos, el Secretario del DHS, el Director de la Oficina de Campo del ICE del DHS en Miami, el Director de la EOIR, el Director Interino del ICE y el USCIS. Las respuestas deben presentarse antes del 7/11/2025 . (Davidson, H.).“